La Habana Luego de casi 18 años de relación, Alberto y José pudieron oficializar su unión, al contraer matrimonio en Manzanillo, en el oriente de Cuba, a pocos días de entrar en vigor el Código de las Familias.
Por Karina Marrón González
Es la felicidad de lograr un sueño acariciado por años, dijo José el 4 de octubre, tras certificar ante notario y en presencia de familiares y amigos en su vivienda, el amor que los une, según trascendió en redes sociales.
Al occidente de la isla y unos días más tarde, la joven Daina Carriera compartía con la emisora matancera Radio 26 el nacimiento de su hijo, Dian Carriera Sánchez, un bebé que vio la luz al amparo de la nueva legislación y, por tanto, pudo ser inscrito con el apellido materno en primer lugar.
A su padre no le importaba que su apellido trascendiera, explicó la madre, y mediante la aplicación del Artículo 51, inciso 3 de la norma jurídica, fue posible preservar este apelativo poco común en la isla.
El nuevo Código de las Familias, después de un amplio proceso de debates y construcción colectiva, fue aprobado por la Asamblea Nacional del Poder Popular (parlamento) el 22 de julio de este año y respaldado en referendo el 25 de septiembre con el 66,85 por ciento de los votos válidos emitidos.
El presidente de la República, Miguel Díaz-Canel, y el titular del Legislativo, Esteban Lazo, firmaron y refrendaron la normativa el 26 de septiembre, y finalmente entró en vigor al día siguiente, con la publicación en la Gaceta Oficial.
La aplicación de la ley ya es un hecho, como revelan las historias compartidas y otras que a diario se comentan en las redes sociales, sin embargo, se trata de un proceso que implica gran preparación y compromiso, como lo catalogó la jefa de la Dirección General de Notarías y Registros Públicos del Ministerio de Justicia, Olga Lidia Pérez.
Evidencia de ello es lo publicado por el Centro Nacional de Educación Sexual (Censex), que refirió en su página web cómo algunas personas se dirigen a la institución con dudas sobre cómo proceder para legalizar una unión matrimonial o de hecho afectiva por personas lesbianas, gays, transexuales… (Lgtbiq+).
También expuso algunos casos de tropiezos para el “SÍ, acepto” entre personas del mismo sexo, mientras el jurista Manuel Vázquez señaló que para negarse a formalizar matrimonios o inscribir uniones entre personas del mismo género, el argumento empleado ha sido una supuesta objeción de conciencia.
“Sobre el tema de la objeción de conciencia hay un artículo en la Constitución de la República que es claro y preciso (artículo 54)”, respondió a una pregunta de Prensa Latina la jefa de la Dirección General de Notarías y Registros Públicos del Ministerio de Justicia, Olga Lidia Pérez.
Este fue uno de los temas que desde la primera versión del Código abordamos con nuestros notarios y registradores, pues aquí prevalece la condición de funcionario público, precisó.
La especialista fue enfática en que nadie puede alegar una objeción de conciencia para negarse a prestar un servicio, y dijo que hasta ahora en la dirección a su cargo solo tuvieron conocimiento de un caso al que le impidieron el acceso al registro del matrimonio, sin poder precisar qué notario o registrador incurrió en ello.
Ante esa alerta, indicó, volvimos a abordar el asunto con los directores provinciales de Justicia y los jefes de departamento de Notarías y Registros Públicos del país, porque ciertamente el funcionario que plantea algún tema de esta naturaleza no puede continuar siendo notario o registrador.
“Nosotros no discriminamos, tenemos notarios registradores que practican su religión y eso no es motivo ni les ha impedido acceder a este ejercicio, pero no lo pueden plantear como un motivo de objeción de conciencia para no formalizar un matrimonio. Aquí todos tenemos derechos y el reconocimiento es claro y preciso en la norma”, subrayó.
En tanto, la viceministra de Justicia Pilar Varona comentó que ante cualquier situación, las personas pueden dirigirse en el mismo lugar del hecho al notario o registrador principal, para denunciar lo ocurrido. También pueden hacerlo en las direcciones municipales de Justicia, para hacer más expedita la solución.
“Están todos los mecanismos, los canales, desde la base, para tramitar las inconformidades”, afirmó.
PREPARARSE PARA HACER EFECTIVA LA LEY
La multiplicidad de aspectos novedosos que contempla el Código de las Familias advertían desde fecha temprana que uno de los mayores retos sería la preparación de los operadores del derecho para la instrumentación.
El ministro de Justicia, Oscar Silvera, en el acto de firma y refrendación remarcó que iniciaba una nueva fase para la cual las instituciones se habían preparado durante varios meses y que requirió incluso la aprobación de dos resoluciones con indicaciones precisas en algunos elementos de la ley.
El propio Código estableció además mandatos de normas jurídicas necesarias, en el caso del Ministerio de Salud Pública para las regulaciones de la reproducción humana asistida, imprescindibles para dar curso a la figura del vientre solidario; y al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para presentar las modificaciones que correspondan a todo el régimen de maternidad.
“Es una norma que logra aumentar el alcance de las garantías de la maternidad a estos nuevos sujetos”, argumentó el titular, y añadió que el Ministerio de Justicia también quedó obligado a la creación y funcionamiento de la Defensoría Familiar.
Estos y otros cambios sin duda requieren de capacitación al gremio judicial y todas sus instituciones: notarías, registros civiles, palacios de los matrimonios, así como otras relacionadas, entre las cuales se encuentran las oficinas de trámites del Ministerio del Interior y los bufetes colectivos de abogados.
En ese camino, la jefa de la Dirección General de Notarías y Registros Públicos señaló que el proceso de capacitación de los profesionales y de todo el personal del sector para asumir la implementación de la normativa comenzó desde las primeras versiones del texto.
Ahora que el cuerpo legal es efectivo, este proceso se intensifica y continuará de esa manera mientras sea necesario, acotó. Insistió en que la preparación tiene que ser de todos, no solo de notarios y registradores, sino de recepcionistas, auxiliares, pues la aplicación del Código requiere sensibilidad, un modelo de actuación ejemplar, con rigor profesional y excelencia en el trato hacia las personas.
Puso como ejemplo que en general el cuerpo legal introduce 19 instituciones jurídicas donde interviene el notario, a lo cual se suma la creación de una nueva sección del Registro Civil para las uniones de hecho afectivas y las transformaciones que se generan con la posibilidad de disponer sobre el orden de los apellidos de los hijos.
Otro asunto que requirió una resolución ministerial fue el divorcio notarial de mutuo acuerdo, donde se introduce la obligatoriedad del dictamen de la Fiscalía cuando haya hijos menores de edad o en situación de discapacidad.
Para hacer frente a esto se emitieron indicaciones metodológicas referidas a las acciones que deben adoptarse desde el punto de vista organizativo y funcional, explicó Pérez.
Comentó que además de las actividades de capacitación, se decidió mantener una videoconferencia semanal para evaluar la implementación de la ley y esclarecer las dudas que surjan en el proceso.
Agregó que poco a poco han incrementado las unidades notariales en el país, hasta 276 actualmente, con el objetivo de acercar los servicios a la población y facilitar los trámites a partir de todas las funciones incorporadas, que incluyen la legalización de los nuevos actores económicos.
La especialista señaló que también preparan a notarios de reserva y abrieron unidades notariales docentes de conjunto con las universidades, mientras la capital es objeto de un monitoreo sobre la aplicación del Código.
MÁS CERCA DE LA CIUDADANÍA
La viceministra de Justicia Yashna Díaz informó en conferencia de prensa que ese organismo habilitó la dirección de correo electrónico sobreelcodigo@minjus.gob.cu para que la ciudadanía haga consultas y exponga sus inquietudes en torno a la puesta en práctica del nuevo Código de las Familias.
Direcciones similares fueron creadas en todas las provincias, de manera que el proceso de atención sea más expedito, pues un especialista estará de guardia para atender de la manera más rápida posible a quienes se comuniquen por esa vía.
No obstante, la jefa de la Dirección General de Notarías y Registros Públicos puntualizó que hasta el momento las principales dudas sobre las que tienen conocimiento están relacionadas con la revocación de las donaciones de patrimonio, fundamentalmente viviendas, algo que no contemplaba la ley anterior.
Las personas también preguntan acerca de la declaratoria de herederos, pues las que están en curso se siguen tramitando de acuerdo con la legislación pasada, y sobre los pactos matrimoniales, otra figura novedosa en la norma para lo cual tuvieron que preparar a los especialistas, apuntó Pérez.
Tomado de Prensa Latina