Parlamento cubano aprueba nueva Ley Electoral: Primera disposici贸n jur铆dica que expresa el mandato de la Constituci贸n

El secretario del Consejo de Estado presenta el Proyecto de Ley Electoral en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Foto: Abel Padr贸n Padilla/ Cubadebate.La Habana, 13 jul.- Cuba tiene ya una nueva Ley Electoral tras ser aprobada un谩nimemente por los diputados cubanos, reunidos en el Palacio de Convenciones de La Habana. Desde hoy entra en vigor esta normativa, la primera disposici贸n jur铆dica que expresa el mandato de la Constituci贸n de la Rep煤blica.

El an谩lisis sobre el Proyecto de Ley Electoral abri贸 la jornada de debate de los diputados cubanos. 鈥淓sta es la primera disposici贸n jur铆dica que expresa el mandato de la Constituci贸n de la Rep煤blica, proclamada el pasado 10 de abril鈥, resalt贸 Homero Acosta 脕lvarez, secretario del Consejo de Estado.

En la Ley de leyes se estableci贸 que en menos de seis meses se deb铆a aprobar la nueva Ley Electoral, 鈥測 en apenas tres ya la estamos presentando ante ustedes鈥, acot贸 el abogado.

鈥淓ste proyecto se presenta como un ejercicio de iniciativa legislativa, para lo cual se constituy贸 el 31 de enero un grupo de trabajo鈥, explic贸.

La propuesta ha sido enriquecida por los aportes de los diputados durante las discusiones efectuadas desde sus provincias y en las comisiones de trabajo. Este proceso cont贸 con la participaci贸n de 492 parlamentarios y 119 invitados de distintos sectores de la poblaci贸n, con 195 intervenciones que luego fueron evaluadas por la comisi贸n redactora.

De acuerdo con Homero, hay que analizar el proyecto desde la perspectiva constitucional:

  • Definici贸n socialista que establece la clase que ostenta el poder, que es el pueblo; un Estado de derecho que respeta el imperio de la ley y de la justicia social y que transversaliza toda la vida de la Revoluci贸n, su ideal democr谩tico, de independencia y soberan铆a.
  • Sistema republicano, que dispone que todos los cargos son electivos.
  • El principio de soberan铆a popular manifiesta c贸mo el pueblo ejerce su poder, y una de las maneras es el voto y mediante los representantes que elige en sus asambleas, que son la base y ante la cual se rinde cuenta.
  • Se establece la supremac铆a de la Constituci贸n, la cual es el punto de partida y la que pone los l铆mites del ordenamiento jur铆dico.
  • Principio de igualdad: nadie puede dejar de ser candidato por discriminaci贸n.
    Orden y funcionamiento de los 贸rganos legislativos, car谩cter electivo y renovable de todos los cargos, adem谩s del control del pueblo de los 贸rganos estatales, su elecci贸n y revocaci贸n.
  • El art铆culo 80 describe un grupo de derechos de los ciudadanos, en el ejercicio, poder y control: inscribirse en el registro, elegir y ser elegido, participar en las rendiciones de cuenta, revocar mandato y ejercer la iniciativa legislativa.
  • Estructura del Estado: se se帽ala c贸mo se elige y las facultades que tiene.
    Consulta popular: no solo lo general sino para asuntos locales.

(Tomado de CubaDebate.cu)

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