Este viernes 3 comienza comercio de autos en Cuba
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- CategorÃa: De Cuba
- Publicado: Miércoles, 01 Enero 2014 06:12
- Escrito por Redacción Digital Radio Florida
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La Habana, eme 01.- Las normas para comenzar, a partir de este viernes tres de enero, la venta liberada de vehÃculos de motor por entidades comercializadoras de Cuba, se aprobaron en la más reciente reunión del Consejo de Ministros.
Y los detalles del proceso se recogen en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 46, publicada el 31 de diciembre de 2013, en la que aparece un decreto-ley del Consejo de Estado, otro decreto del Consejo de Ministros, y tres resoluciones de los ministerios de EconomÃa y Planificación, de Finanzas y Precios, y de Transporte.
De esta forma, según señala el Decreto No. 320 del Consejo de Ministros, se eliminan “restricciones y autorizaciones administrativas†y se posibilita “la adquisición de vehÃculos de motor y sus partes fundamentales en entidades comercializadoras, a precios minoristas semejantes a los que reconoce el mercado entre personas naturalesâ€.
También se indica que “los ingresos adicionales, incluidos los impuestos, que se obtengan por la venta liberada de vehÃculos, serán destinados a un fondo» para el financiamiento del «desarrollo del transporte público», lo cual es «una prioridad para el beneficio de la poblaciónâ€.
El Decreto tiene como objetivo establecer “los principios y procedimientos generales que regulan los trámites para la transmisión de la propiedad de vehÃculos de motor por compraventa o donación, entre personas naturales cubanas con domicilio en el territorio nacional y extranjeras residentes permanentes, temporales y de inmobiliariasâ€.
Otros dos propósitos son precisar “los principios para la venta de vehÃculos de motor en las comercializadorasâ€, y determinar “las reglas aplicables para que el Ministerio del Transporte disponga la pérdida del derecho de propiedad sobre vehÃculos de motor de personas naturales que no residan en el paÃs y su transmisión a favor de personas con derecho a elloâ€.
Además, fija “las normas generales para la importación y transmisión de la propiedad de vehÃculos de motor importadosâ€, y dispone “los principios y procedimientos sobre la venta y transmisión de carrocerÃas y motores de vehÃculos de motorâ€. (Cubadebate/Con información de Radio Reloj)





